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Sotramac pierde recurso ante Tribunal por acción popular

El Tribunal Administrativo de Bolívar dejó en firme la demanda interpuesta por el alcalde de Cartagena contra Sotramac por la mala prestación del servicio de transporte.
INFOMILENIALSPor INFOMILENIALS7 de noviembre de 2025No hay comentarios4 Minutos de Lectura
Buses de Transcaribe en operación en Cartagena tras el fallo contra Sotramac.
Buses de Transcaribe en operación en Cartagena tras el fallo contra Sotramac.// Foto: cortesía- Alcaldía de Cartagena.

Sotramac pierde recurso ante el Tribunal Administrativo

El Tribunal Administrativo de Bolívar ratificó la admisión de la acción popular interpuesta por el alcalde de Cartagena, Dumek Turbay Paz, contra Sotramac S.A.S., operador privado de Transcaribe, tras considerar que la empresa no garantizó la correcta prestación del servicio público de transporte masivo.

La decisión, plasmada en el Auto Interlocutorio 329 del 6 de noviembre de 2025, rechazó el recurso de reposición presentado por Sotramac contra el auto del pasado 2 de octubre, que había admitido la demanda

En palabras del jefe (e) de la Oficina Asesora Jurídica de la Alcaldía, José Joaquín Posada Arrieta, “el alcalde Dumek Turbay quiere informar a toda la opinión pública que el Tribunal Administrativo de Bolívar, en defensa de los derechos colectivos de los cartageneros, ha decidido admitir la acción popular que va en contra del mal servicio de Sotramac. Esta empresa quiso torpedear la admisión de la acción popular, pero el tribunal la ha dejado en firme”.

Reunión del equipo jurídico distrital en Cartagena donde se discutió el proceso judicial con Sotramac.
Reunión del equipo jurídico distrital en Cartagena donde se discutió el proceso judicial con Sotramac.// Foto: cortesía- Alcaldía de Cartagena.

Tribunal ratifica admisión de la demanda contra Sotramac

El despacho del magistrado Óscar Iván Castañeda Daza fue claro al considerar que los argumentos de Sotramac carecían de sustento. La empresa alegaba que no se había cumplido el requisito de procedibilidad del artículo 144 del CPACA, que exige agotar una solicitud previa antes de demandar.

Sin embargo, el Tribunal estimó que, aunque el requerimiento se hizo de manera posterior, el derecho sustancial debía prevalecer sobre la formalidad, ya que el propósito del requisito se había cumplido

“Contrario a lo que afirma el recurso, el auto admisorio sí indicó el motivo para aplicar este principio y flexibilizar los requisitos formales”, indica el documento. El Tribunal concluyó que “resultaba desproporcionado rechazar la demanda”, dado que el requisito surtió su propósito antes de que venciera el plazo para subsanar.

En consecuencia, la corporación judicial decidió no reponer la providencia y dejar en firme la admisión de la acción popular. Más Información sobre la decisión aquí. 

Buses articulados de Transcaribe operado por Sotramarc estacionados en una de las terminales del sistema en Cartagena.
Buses articulados de Transcaribe operado por Sotramarc estacionados en una de las terminales del sistema en Cartagena.// Foto: cortesía- Alcaldía de Cartagena.

Sotramac deberá responder por presunto mal servicio

La decisión mantiene vigente el proceso en el que se cuestiona el papel de Sotramac como operador de Transcaribe. Según la Alcaldía, la empresa ha incumplido sus obligaciones contractuales y afectado directamente a los usuarios del sistema, con buses inactivos, fallas técnicas y una frecuencia ineficiente.

“El servicio público de los cartageneros debe ser defendido por el alcalde y por el Tribunal Administrativo de Bolívar”, reiteró Posada Arrieta. “Con la acción popular en contra de Sotramac avanzamos”.

Con este pronunciamiento, el Tribunal da luz verde a la fase de traslado de la demanda, lo que significa que las partes deberán presentar sus argumentos y pruebas.

Impacto local: hacia una revisión del modelo Transcaribe

La disputa entre el Distrito y Sotramac reabre el debate sobre el modelo de operación de Transcaribe, que desde su creación ha enfrentado críticas por la dependencia del capital privado y las dificultades para garantizar un servicio eficiente.

En octubre, la Alcaldía presentó esta acción popular alegando que la prestación del servicio vulnera derechos colectivos como el acceso al transporte público digno, eficiente y seguro. La medida busca sentar un precedente para revisar los contratos de los operadores privados y establecer responsabilidades.

A nivel nacional, el caso ha sido comparado con litigios similares en Bogotá y Cali, donde alcaldías locales han promovido acciones contra concesionarios del transporte masivo por deficiencias operativas.

De prosperar la acción popular, el fallo podría obligar a Sotramac y a la Superintendencia de Transporte a adoptar medidas correctivas inmediatas, incluyendo mejoras en la flota, ampliación de rutas y cumplimiento de los estándares de frecuencia y mantenimiento.

Próximos pasos en el proceso judicial

El Tribunal Administrativo de Bolívar ordenó surtir el traslado de la demanda a las partes vinculadas, entre ellas Transcaribe S.A., para continuar el trámite judicial.
Una vez ejecutoriada esta providencia, el proceso entrará en etapa de valoración de pruebas y podría derivar en un fallo de fondo que determine las responsabilidades del operador y de las autoridades reguladoras.

Mientras tanto, el Distrito asegura que continuará su defensa jurídica para garantizar el derecho de los ciudadanos a un transporte público digno. “Esta es una victoria para Cartagena”, concluyó Posada Arrieta. “El Tribunal ha dejado claro que la ciudad no puede seguir soportando un servicio deficiente sin consecuencias”.

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