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Ministro Sanguino reacciona a fallo por decreto salarial

El Ministro Sanguino reaccionó al auto judicial que negó una medida provisional contra el decreto del salario mínimo para 2026.
INFOMILENIALSPor INFOMILENIALS14 de enero de 2026No hay comentarios5 Minutos de Lectura
Imagen de referencia del ministro Sanguino durante declaraciones a medios.
Imagen de referencia del ministro Sanguino durante declaraciones a medios.// Foto: cortesía- Mintrabajo

El Ministro Sanguino reaccionó públicamente al auto emitido el 9 de enero de 2026 por el Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá D. C., que negó una medida provisional solicitada dentro de una acción de tutela relacionada con el decreto que fijó el salario mínimo para este año. 

La providencia fue proferida dentro del proceso identificado con la radicación 11001 31 87 003 2026 00035 00.

El abogado Alejandro Linares Cantillo, actuando como apoderado de un ciudadano, presentó una acción de tutela contra la Presidencia de la República y los Ministerios del Trabajo y de Hacienda y Crédito Público. La decisión judicial emitida se limitó a examinar la procedencia de la medida provisional solicitada, sin abordar la resolución de fondo del amparo constitucional.

Documento judicial del Juzgado Tercero de Ejecución de Penas de Bogotá que negó una medida provisional, citado tras reacción del Ministro Sanguino por el salario mínimo.
Documento judicial del Juzgado Tercero de Ejecución de Penas de Bogotá que negó una medida provisional, citado tras reacción del Ministro Sanguino por el salario mínimo.// Foto: cortesía- X

Ministro Sanguino y la reacción tras el auto judicial

Luego de que se hiciera público el auto, el ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, emitió una declaración en su cuenta de la red social X. En su publicación, el jefe de la cartera laboral expresó:“¡Ya fracasó el primer intento de tumbar el Salario Vital!”.

En la misma publicación, el funcionario afirmó que “el exmagistrado Alejandro Linares buscó frenar el aumento del salario mínimo decretado por el presidente Gustavo Petro y este Gobierno del Cambio, mediante una tutela con medida provisional”. 

Según el mensaje, la solicitud fue denegada por el juzgado porque consideró que “Linares no pudo acreditar un perjuicio inmediato, concreto ni individual, ni la urgencia que exige la ley para suspender una decisión de esta naturaleza”.

Luego de que el juzgado negara expresamente la medida provisional, ordenando comunicar su decisión a las partes por el medio más expedito y señalando la improcedencia de recursos contra tal determinación, el Ministro Sanguino emitió su pronunciamiento. El mensaje del ministro en X aquí 

El Ministro Sanguino durante rueda de prensa sobre política salarial, luego del auto judicial que negó una medida provisional contra el salario mínimo.
El Ministro Sanguino durante rueda de prensa sobre política salarial, luego del auto judicial que negó una medida provisional contra el salario mínimo.// Foto: cortesía- Presidencia de la República

Ministro Sanguino y los fundamentos expuestos por el juzgado

En el auto, el despacho judicial argumentó que no se cumplían los requisitos legales para decretar una medida provisional dentro de la acción de tutela. El juez señaló que, mientras se emitía la decisión de fondo en el término legal, no existía una situación que agravara la condición del accionante.

El juzgado determinó que no se demostró la urgencia ni la necesidad requeridas por la normativa actual para justificar una orden de aplicación inmediata. Por lo tanto, se procedió a negar la solicitud presentada en el marco del proceso constitucional.

Estos elementos fueron destacados por el Ministro Sanguino en su reacción pública, al interpretar la decisión como un respaldo judicial a la continuidad del decreto mientras se surte el proceso constitucional.

Ministro Sanguino y el mensaje del presidente Gustavo Petro

En relación con lo que calificó como intenciones de algunos sectores opositores frente al decreto del salario mínimo, el Presidente Gustavo Petro se pronunció también a través de su cuenta en la red social X. En un extenso mensaje, el mandatario defendió el denominado salario vital y cuestionó los intentos jurídicos para controvertirlo, al señalar que este “lo ordena la Constitución en su artículo 53”.

En su publicación, el presidente sostuvo que no existen argumentos técnicos ni científicos que respalden la tesis de que el salario vital genere inflación y afirmó que esa afirmación “la ciencia económica los desmiente”. De igual forma, rechazó los señalamientos de inconstitucionalidad formulados contra el decreto.

El presidente Gustavo Petro durante una intervención pública, en contexto del debate sobre el salario mínimo y el pronunciamiento respaldado por el Ministro Sanguino.
El presidente Gustavo Petro durante una intervención pública, en contexto del debate sobre el salario mínimo y el pronunciamiento respaldado por el Ministro Sanguino.// Foto: cortesía- Presidencia de la República.

Ministro Sanguino y los datos oficiales citados por el presidente

En el mismo mensaje, el presidente Gustavo Petro explicó que el salario vital se calculó con base en información oficial del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE). Según indicó, el valor se obtuvo a partir del costo de la canasta mínima vital de las familias en Colombia correspondiente a 2025, dividida por el promedio de trabajadores por hogar. El mensaje del presidente Petro en X léalo aquí.

De acuerdo con lo expuesto por el mandatario, esa metodología arroja un ingreso mensual de dos millones de pesos. En su argumentación, señaló que este cálculo busca garantizar un ingreso que permita cubrir las necesidades básicas de los hogares y corregir rezagos históricos en materia salarial.

Asimismo, el jefe de Estado manifestó que el debate alrededor del salario vital continuará en los escenarios institucionales. En ese contexto, anunció su intención de que el salario vital mínimo y familiar sea presentado como proyecto de ley para su discusión en el Congreso que resulte elegido por voto popular o en otros escenarios previstos en la Constitución.

Ministro Sanguino y lo que sigue en el proceso

La providencia conocida esta semana no pone fin al proceso constitucional. El auto se limita a resolver la solicitud de medida provisional presentada dentro de la acción de tutela. El juzgado deberá pronunciarse posteriormente mediante sentencia de primera instancia sobre las pretensiones formuladas por el accionante.

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