La nueva rotación del Pico y placa en Cartagena comenzará a regir desde el lunes 7 de julio de 2025, según lo establecido en los decretos 1689 y 1690 expedidos por la Alcaldía, a través del Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte (DATT). Las restricciones estarán vigentes hasta el 2 de enero de 2026 y no aplicarán durante los días festivos.
Desde el 7 de julio también quedará prohibido el ingreso de motocicletas al Centro, San Diego, La Matuna y Getsemaní. La medida cobija además a cuatrimotos, tricimotos, motocarros y bicicletas con motor.
No obstante, se permitirá el tránsito controlado desde la India Catalina por la Avenida Luis Carlos López hasta la Avenida Concolón. A partir de allí, los conductores deberán continuar su trayecto por la Calle 30.
Cartagena refuerza medidas nocturnas para motos
Durante el mismo periodo, las motocicletas no podrán circular entre las 11:00 p. m. y las 5:00 a. m. del día siguiente. Esta restricción aplica sin excepción para todos los vehículos de dos, tres y cuatro ruedas con motor.
Por otro lado, también se prohíbe transportar a menores de 12 años o a mujeres embarazadas en motocicleta dentro del territorio del Distrito de Cartagena. Puede leer: DATT impone sanciones a chivas y buses turísticos en Cartagena

Vehículos particulares también tendrán nueva rotación
El Decreto 1689 regula la nueva rotación del Pico y placa en Cartagena para vehículos particulares. La medida operará de lunes a viernes en dos franjas horarias: de 7:00 a. m. a 9:00 a. m., y de 6:00 p. m. a 8:00 p. m. Como excepción, no aplicará durante los días festivos.

La primera rotación, vigente del 7 de julio al 3 de octubre de 2025, será:
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Lunes: 1 y 2
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Martes: 3 y 4
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Miércoles: 5 y 6
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Jueves: 7 y 8
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Viernes: 9 y 0
En la segunda fase, entre el 6 de octubre de 2025 y el 2 de enero de 2026, el orden rotará así:
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Lunes: 3 y 4
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Martes: 5 y 6
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Miércoles: 7 y 8
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Jueves: 9 y 0
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Viernes: 1 y 2
Con este esquema, se busca reducir la congestión en horas pico.
Sanciones por incumplir la nueva rotación del Pico y placa en Cartagena
Los conductores que infrinjan la nueva rotación del Pico y placa en Cartagena se exponen a una multa equivalente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes. Esta sanción puede aplicarse tanto al conductor como al propietario del vehículo. En consecuencia, el automotor también podría ser inmovilizado.
Las sanciones están establecidas en el artículo 21 de la Ley 1383 de 2010, bajo el código C14.


